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Condiciones de uso
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1. |
La utilización del nombre, la abreviatura y el emblema (en adelante emblema/ nombre) de la OMM no se permitirá sino con la autorización previa del Secretario General de la Organización. |
| 2. | Sólo se autorizará la utilización del emblema/nombre de la OMM cuando: i) sea en beneficio de la Organización y de sus Miembros; ii) no menoscabe la imparcialidad de la OMM como organización internacional; iii) la OMM tome parte en la actividad; y iv) la OMM mantenga el control de la actividad que se va a llevar a cabo bajo su emblema/nombre. |
| 3. | En el caso de una entidad comercial, sólo se considerará la posibilidad de concederle una autorización si se reúnen además las siguientes condiciones: i) la principal finalidad del empleo previsto del emblema/nombre es apoyar a la OMM, sus objetivos y actividades; ii) la finalidad del empleo del emblema/nombre es recaudar fondos para alcanzar los objetivos de la Organización; y iii) está prevista la adopción de medidas para que no se pueda pensar que la OMM da su aprobación a la entidad comercial en cuestión, a sus productos o a sus servicios. |
| 4. | Sólo se autorizará el uso del emblema/nombre de la OMM para indicar que la Organización copatrocina la celebración de una conferencia, seminario u otro acontecimiento o la publicación de material, o que les presta su cooperación, si el Secretario General considera que la reunión o publicación en cuestión guarda relación con un tema que recae en el ámbito de competencia de la OMM o puede contribuir a la consecución de los objetivos de la Organización. En principio, se rechazará la autorización cuando se trate de una reunión o publicación cuya finalidad es principalmente comercial y de lucro. |
| 5. | Como norma general, la OMM sólo copatrocinará la celebración de una reunión o evento, o una publicación, y les prestará su cooperación, si dependen de: |
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| 6. | La utilización del emblema/nombre de la OMM sólo se puede autorizar con carácter no exclusivo. |
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